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04 dezembro 2007

Iasb e Argentina

Apresento, abaixo, trechos de um artigo publicado num jornal argentino, sobre a adoção das normas do Iasb naquele país:

Se necesitan normas internacionales de información financiera
Gabriel E. Soifer - Socio del departamento de Auditoría KPMG
El Cronista Comercial - 4/11/2007

(...) Son muchos los países que ya han adoptado las NIIF de la IASB como sus normas contables, aunque en algunos casos como nuestros vecinos Chile y Brasil, con vigencia obligatoria a partir de 2009, dependiendo del tipo de ente que confecciona los estados contables.

La SEC, el 15 de noviembre pasado, ha informado que ha votado unánimemente una modificación a sus reglas para aceptar que los estados contables de emisores privados extranjeros en los EE.UU. sean presentados a la SEC sin la necesidad de conciliar los mismos con las normas contables vigentes en EE.UU., si dichos estados contables son preparados de acuerdo con las IFRS emitidas por la IASB. Esta modificación entrará en vigencia a los 60 días de su publicación en el Registro Federal de EE.UU. y será aplicable a los estados contables que cubran ejercicios cerrados a partir del 15 de noviembre de 2007.

En la Argentina el debate por la adopción de las IFRS emitidas por la IASB ya está instalado desde hace un tiempo, pero aún no hay definiciones.

La adopción de las IFRS de la IASB permite contar con un conjunto de normas contables globalmente uniformes. De esta forma, los estados contables preparados de acuerdo con los IFRS de la IASB le asegura al lector de los mismos, entre ellos inversores, acreedores y reguladores, que cuenta con mejores elementos para comparar distintas compañías de la Argentina y del exterior y poder tomar mejores decisiones, por ejemplo, con relación al destino de sus inversiones o al de sus préstamos o las medidas que el regulador requiera tomar.

Asimismo, la adopción de IFRS le permitirá reducir sus costos de confección de estados contables en forma significativa a muchas compañías argentinas registradas en distintas Bolsas en el exterior, ya que con un solo juego de estados contables confeccionado bajo IFRS de la IASB la sociedad emisora estará cumpliendo con los requerimientos existentes en dichas Bolsas al efecto. Ya no será necesario entonces los importantes costos en entrenamiento, sistemas, horas hombre insumidas para mantener dos, tres y hasta cuatro juegos de estados contables por normas contables requeridas a los emisores por Bolsas diferentes.

La globalización en las regulaciones definitivamente ya es un hecho. Las IFRS de las IASB ya existen, muchos países desarrollados y en desarrollo, ya lo entendieron. Los entes reguladores en la Argentina y la profesión deben adoptar las mismas ¿Para cuándo entonces?

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